
El Ayuntamiento de Madrid impuso 363 penalidades a las empresas concesionarias de la recogida de residuos entre noviembre de 2022 y noviembre de 2025. Las sanciones sumaron 1,39 millones de euros dentro de 435 expedientes abiertos por incumplimientos. El balance procede de información municipal solicitada por Más Madrid y difundida por El País el 19 de octubre. La publicación precisa que los datos no incluyen los expedientes de 2026.
El recuento registra casi 18.000 reclamaciones vecinales. Son comunicaciones de problemas, distintas de los expedientes contractuales que pueden acabar en una penalidad a la empresa.
Un expediente puede agrupar varias incidencias
El periodo del balance coincide con los primeros tres años del contrato municipal de contenerización, recogida y transporte de residuos. Un informe técnico-económico del Ayuntamiento fecha su inicio el 1 de noviembre de 2022 y establece una duración de seis años sin prórroga. El contrato se divide en cuatro lotes: tres organizan la recogida y el transporte por zonas oeste, este y sur, y el cuarto cubre los recipientes municipales de toda la ciudad.
El pliego de cláusulas administrativas contempla infracciones acumulativas. En el caso de no vaciar un contenedor de ropa usada conforme a la frecuencia fijada, la gravedad depende del número de incidencias detectadas durante un mes: hasta diez se considera leve, de once a veinte grave y por encima de veinte muy grave. Así, un expediente puede reflejar una serie de fallos reunidos en un periodo, no necesariamente un único cubo o una única jornada de recogida.
El importe depende de la gravedad y de los perjuicios
El pliego establece tres tramos económicos por incumplimiento: de 3.000 a 5.000 euros para las faltas leves, de 5.001 a 40.000 euros para las graves y de 40.001 a 150.000 euros para las muy graves. El órgano municipal debe graduar la cuantía atendiendo al número de incidencias, la naturaleza y entidad del perjuicio, la intencionalidad, el riesgo para la salud o la seguridad y el cumplimiento de las instrucciones de los servicios técnicos, entre otros factores.
La escala ayuda a interpretar por qué el número de expedientes y el importe no crecen a la par. La penalidad depende del tipo de falta y de cómo se haya acreditado, además de si el pliego acumula varias incidencias para determinar su gravedad. El dato de 1,39 millones es el valor agregado comunicado para las penalidades impuestas durante el periodo, no una cifra de recaudación que permita saber qué importes se habían cobrado al publicarse la información.
El contrato también prevé que cinco o más incumplimientos muy graves, firmes en vía administrativa dentro de los doce meses posteriores a la primera penalidad firme, puedan dar lugar a la resolución del contrato. Esa posibilidad está condicionada a que se cumplan los requisitos del pliego. El balance publicado no indica que se haya activado esa medida ni permite deducirlo a partir de las 363 penalidades.
El lote oeste comprende Centro, Tetuán, Chamberí, Fuencarral-El Pardo, Moncloa-Aravaca y Latina. El este agrupa Salamanca, Retiro, Chamartín, Moratalaz, Ciudad Lineal, Hortaleza, Vicálvaro, San Blas-Canillejas y Barajas. El sur reúne Arganzuela, Carabanchel, Usera, Puente de Vallecas, Villaverde y Villa de Vallecas. Esa distribución permite situar una incidencia en la zona contractual que debe atenderla, aunque la contenerización dispone de un lote separado para toda la ciudad.
Qué puede concluir quien usa el servicio
Para un vecino, las sanciones muestran que el Ayuntamiento abrió procedimientos y penalizó incumplimientos de empresas responsables de un servicio que afecta a los 21 distritos. No son multas a residentes por depositar mal sus residuos. El reparto por lotes también importa: las penalidades contractuales se aplican al lote correspondiente, mientras que los datos agregados del periodo no describen por sí solos la frecuencia de fallos en cada calle o barrio.
Las casi 18.000 reclamaciones y los 435 expedientes no deben sumarse ni tratarse como medidas equivalentes. Una queja no acredita automáticamente una infracción contractual, y un expediente puede reunir varias incidencias. Para comparar el estado del servicio entre barrios harían falta datos desglosados por zona, periodo, tipo de fallo y volumen de recogida, además de una serie posterior a noviembre de 2025.
El balance sirve para seguir el uso de los mecanismos municipales de control, pero no demuestra que las penalidades hayan eliminado las acumulaciones ni que el servicio haya mejorado. Tampoco describe la situación actual, porque deja fuera las actuaciones de 2026. La experiencia cotidiana de cada distrito depende de la ejecución de las rutas y de que el Ayuntamiento detecte, tramite y corrija los incumplimientos cuando se producen.