
El aparcamiento municipal de la calle de Fúcar, 6 abrirá el lunes 26 de octubre de 2026 la inscripción para solicitar sus abonos de residentes. El reparto suma 198 plazas: 184 para automóviles y 14 para motocicletas. El trámite se canaliza a través de la Junta Municipal de Centro y puede realizarse presencialmente o por vía electrónica.
La fecha de apertura tiene una consecuencia práctica: las solicitudes registradas antes del 26 de octubre se considerarán no presentadas. Preparar la documentación durante el fin de semana permite adelantar trabajo, pero no sustituye la presentación desde el día habilitado. Quien ya haya enviado una petición anticipada tendrá que registrarla dentro del plazo válido para que pueda entrar en el procedimiento.
Quién puede pedir un abono y cómo se ordenan las solicitudes
El acceso da prioridad a las personas residentes en el área de influencia que acrediten movilidad reducida, después al resto de residentes y, en tercer lugar, a quienes desarrollen una actividad económica o profesional en inmuebles de esa zona. Esta última categoría comprende también a trabajadores por cuenta ajena. La condición inicial es no ser titular de otra plaza de aparcamiento para residentes, conocida como PAR.
El orden de entrada en el Registro cuenta dentro del procedimiento, pero se combina con las preferencias de cada colectivo. Por tanto, presentar la solicitud antes que otra persona no permite saltarse la prioridad que corresponda al grupo al que pertenece. La referencia para ordenar las peticiones dentro de cada colectivo es su fecha y hora de registro.
También es necesario disponer de un vehículo, ya sea en propiedad, renting, leasing, retribución en especie o usufructo. Debe estar dado de alta en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid. Se exceptúa el supuesto de un vehículo inscrito en la DGT a nombre de una persona jurídica sin domicilio legal en Madrid, siempre que se acredite la vinculación del solicitante con él.
Dos listas y plazas con recarga eléctrica
La adjudicación distingue una lista para quienes disponen de vehículo eléctrico y una lista general para el resto de solicitudes. Dentro de ambas se ordenan los grupos de residentes con movilidad reducida, demás residentes y personas vinculadas a actividades profesionales o económicas de la zona. Para la prioridad por movilidad reducida, el procedimiento contempla la tarjeta de estacionamiento o el certificado de discapacidad con baremo de movilidad positivo.
En el supuesto de que las solicitudes sean menos que las plazas disponibles, durante el primer mes se atenderán exclusivamente las de residentes del área de influencia, siguiendo las preferencias de ambas listas y con un abono por residente. Después se atenderán también las peticiones de actividades económicas y trabajadores presentadas desde el comienzo. Ese régimen inicial no convierte la llegada al Registro en una cola única para todos los solicitantes.
Entre las plazas para automóviles hay ocho destinadas a personas con movilidad reducida. El aparcamiento cuenta con 21 plazas dotadas de recarga eléctrica, tres de ellas para personas con movilidad reducida. Estas reservas están incluidas en la capacidad anunciada y no deben sumarse de nuevo a las 198 plazas totales.
Qué documentación conviene preparar
La solicitud debe incluir nombre y apellidos, DNI, domicilio, modelo y matrícula del vehículo. La residencia efectiva puede acreditarse o autorizarse su consulta en el Padrón municipal. La Junta de Distrito comprobará de oficio el empadronamiento y la vinculación con el vehículo mediante los registros correspondientes.
La documentación adicional depende del supuesto que se invoque:
- Si actúa un representante, se requieren copias de los DNI de representante y residente, junto con una autorización firmada que identifique a ambos.
- Para acreditar movilidad reducida, se aporta la tarjeta de estacionamiento o el certificado de discapacidad con baremo de movilidad positivo, o se autoriza su consulta.
- Los titulares de actividades económicas o profesionales deben acreditar que su actividad se desarrolla en un inmueble del área de influencia, además de aportar DNI o CIF.
- Los trabajadores por cuenta ajena deben contar con un certificado de la empresa que confirme que trabajan en un centro situado dentro de esa área.
La delimitación territorial resulta decisiva. No basta con vivir o trabajar en el distrito Centro: el domicilio o el inmueble de actividad debe quedar dentro del área de influencia del aparcamiento. El anexo de las normas incorpora un plano y una relación de vías con sus tramos de numeración. Antes de preparar la petición conviene comprobar la calle y el número concreto, especialmente cuando solo se incluye una parte de la vía.
Presentación presencial y electrónica
La vía electrónica utiliza el Registro Electrónico y los certificados admitidos por el Ayuntamiento. Para la presentación presencial, las normas señalan preferentemente la Oficina de Atención a la Ciudadanía de Centro y permiten acudir a las demás oficinas de atención municipales, con cita previa en esos casos. También contemplan las restantes oficinas municipales de asistencia en materia de registro, de 9:00 a 14:00 sin cita previa, y los demás registros oficiales.
La solicitud incorpora al interesado al procedimiento de adjudicación y lista de espera. La asignación requiere comprobar los requisitos y aplicar las prioridades, de modo que la inscripción no equivale por sí sola a disponer ya de una plaza. Guardar el justificante permite conservar la referencia de fecha y hora con la que se ha registrado la petición.
Tarifas y límites de uso
Los abonos tienen un coste mensual de 158 euros para automóviles y 60 euros para motocicletas. Las normas fijan esos importes durante los dos primeros años de explotación y prevén una fórmula de revisión para el tercero y los siguientes. Las condiciones económicas y de comercialización se concretarán en el contrato con el gestor del aparcamiento.
El uso del abono es personal e intransferible y no permite cederlo ni subarrendarlo. Se pueden autorizar hasta cinco matrículas, pero solo puede estacionar un vehículo por cada uso de las instalaciones. Así, la autorización de varios vehículos facilita alternarlos y no multiplica las plazas contratadas. Para el inicio del trámite, las dos comprobaciones más útiles son que el domicilio o centro de trabajo esté dentro del perímetro y que la solicitud se registre a partir del 26 de octubre.